1.- ¿Es posible casarse en España cuando uno de los dos no se encuentra aquí?
Sí, mediante un poder notarial debidamente legalizado por el que se autoriza a una persona para que pueda instar el expediente de matrimonio, recibir notificaciones y prestar el consentimiento matrimonial. No todos los paises permiten el matrimonio por poderes.
2.- ¿Es obligatorio estar empadronado con tu pareja antes de iniciar el expediente matrimonial en el Registro Civil?
No, no es necesario estar empadronado en el mismo domicilio para poder iniciar el expediente de matrimonio.
3.- ¿Puedo denunciar malos tratos aunque no tenga autorización de residencia?
Sí, el ejercicio de acciones civiles y penales es independiente a la situación administrativa en la que se encuentre el extranjero.
4.- Soy español, actualmente resido en Perú y me casé con una ciudadana peruana. Hace poco obtuve la sentencia de divorcio, es posible legalizar ésta sentencia en España?
Sí. Para ello es necesario que la sentencia sea firme y que no haya sido dictada en rebeldía de ninguna de las partes.
5.- Soy ecuatoriana y resido en Ecuador, me casé con un español que actualmente reside en Canarias, quiero divorciarme de mutuo acuerdo. ¿Es posible?
Si que es posible divorciarse de mutuo acuerdo aunque una de las partes no esté presente mediante un poder notarial especial y debidamente legalizado.
6.- Soy dominicano y me casé en Cataluña con una ciudadana española que vive en Brasil, queremos divorciarnos de mutuo acuerdo. ¿Dónde debo divorciarme?
Si el divorcio es de mutuo acuerdo, pueden escoger el lugar de España donde quieren divorciarse, siempre y cuando haya una mínima vinculación con ese sitio.
7.- Tengo la segunda tarjeta y reagrupé a mis dos hijos menores de edad. El padre de los niños no me pasa el dinero para los niños. ¿Puedo reclamarle?
Sí, se puede reclamar mediante una demanda de alimentos en el Juzgado más próximo al domicilio de los menores.